domingo, 3 de marzo de 2013

CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

Hola chicos aquí les dejo un pequeño informe del código sustantivo del trabajo. Espero  sea de interés y entendimiento.



FUNDACIÓN SIIGO.

Administración de Documentos III G. 201203112


CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO




Fecha:                       Bogotá D.C 8 de  febrero de  2012.

Elaborado por:         Campos Álvarez Ana Milena



1.     Objetivos:

1.1  Dar a conocer  los artículos del Código Sustantivo del Trabajo asiendo referencia al proceso de  

2.        Capitulo  

1.  Contenido de los artículos
Según lo estudiado dentro de los artículos 39, 41, 46, 151, 162, 264, … se observa que se habla en un sentido amplio de la documentación, que debe manejar toda entidad tanto pública como privada, en las cuales debe existir un listado maestro de documentos donde se contemple los principales formatos, procedimientos, programas, análisis y registros; así se tenga una fluidez a nivel interno y externo sobre la documentación manejada.
Dentro de esta observamos  algunos como  contratos laborales, los cuales deben contener por regla general los elementos esenciales  y su clasificación ya sean a término fijo, indefinido y/o trabajadores de regímenes especiales, o si no llevar el debido registro de las personas recientemente vinculadas en la empresa.
También se debe manejar un sistema en el cual los trabajadores tengan acceso a préstamos, beneficios que mejoren sus condiciones de vida y aporte a la evolución del mínimo vital; además de esto los respectivos pagos y afiliaciones al  ARL, EPS, CESANTÍAS Y PENSIONES, una vez el trabajador cumpla su ciclo de productividad teniendo en cuenta  los términos estipulados por la ley, gozara de una pensión la cual se basara en una remuneración otorgada  por el tiempo de su servicio prestado, para sus respectivos pagos se deberá presentar el comprobante de supervivencia certificado ante notaria.




3.    Conclusiones  

El  código sustantivo del trabajo, trae estipuladas  las obligaciones,  deberes del trabajador y el empleador, para los cuales se deben cumplir con ciertas series de requisitos, teniendo en cuenta  el término de caducidad para ser ejecutados ante la autoridad competente, la cual se verá interrumpida una vez se realice la reclamación  y se iniciara nuevamente a contarse a un lapsus igual al señalado para la prescripción correspondiente.
   



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ANA MILENA CAMPOS ALVAREZ   



      
Transcriptor: Ana Milena Campos Álvarez.  



PARA TENER MAYOR CLARIDAD DE LOS ARTÍCULOS QUE UTILIZAMOS, LOS INVITO A QUE VEAN EL SIGUIENTE LINK.

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